Los ingresos de las personas que no son residentes que se derivan de la renta de bienes raíces o personales pagan un impuesto del 25% sin deducciones, excepto por la renta de vagones de tren, contenedores, aviones, y barcos para transportación comercial, las cuales tienen un impuesto del 5%.
Ganancia de Capital
A las ganancias provenientes de la venta de acciones o títulos que representen una propiedad ubicada en México, y los activos fijos, títulos, o acciones de compañías mexicanas se les aplica un impuesto fijo del 20% de los ingresos obtenidos por dicha venta. Sin embargo, aquellos que no son residentes pueden elegir pagar un impuesto del 25% sobre las ganancias netas gravables obtenidas, siempre y cuando tengan un representante legal en México, quien calculará y pagará el impuesto correspondiente a las autoridades fiscales. Si el vendedor reside en una jurisdicción donde la carga fiscal es baja (paraíso fiscal), entonces sólo podrá aplicar la tasa del 25%.
Corresponsabilidad del Retenedor
Cualquier empresa que resida en México o tenga un establecimiento permanente en el país, debe cumplir con la retención y pago de impuestos por parte de terceros. Si no retiene y paga dichos impuestos a las autoridades fiscales, además de la imposición de recargos y sanciones para la empresa, ésta no podrá deducirlos como gastos para efectos del pago del impuesto sobre la renta.
A partir del 1° de enero de 2002, el Congreso Mexicano decretó que el usuario / consumidor final tiene que pagar un impuesto del 5% por (a) la venta de algunos productos y la prestación de ciertos servicios. Entérese que productos son sujetos a este tipo de impuesto.
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