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Deducciones corporativasLos empleados no pueden deducir ningún gasto relacionado con la empresa para la que trabajan; sin embargo, la compañía sí puede deducir los viáticos y gastos de mudanza, estos gastos no representan un pago de impuestos para el empleado. Gastos personales Los residentes puede deducir los gastos médicos, dentales, funerarios y donativos a asociaciones de beneficencia incurridos por su persona o por sus dependientes. No hay deducciones establecidas, excepto que cualquier persona física puede deducir el 50% por ciento del ingreso residencial locativo en vez de los gastos reales y de la depreciación de la propiedad. Incentivos Los residentes también pueden deducir la cantidad equivalente a 30 días de salario mínimo si en su trabajo reciben un bono anual. Tasas El ingreso gravable se calcula de acuerdo a una tabla progresiva de tasas (Anexo 3) que van del 3% a una tasa marginal máxima del 35%; vale la pena destacar que esta tasa marginal máxima se alcanza rápidamente. Créditos fiscalesCualquier residente puede solicitar un crédito para reducir sus impuestos en México, pagadero por el ingreso sobre la renta de fuente gravable extranjera y sujeto a ciertas limitaciones. El crédito por bajo ingreso no reembolsable (subsidio) está diseñado para reducir la carga fiscal de los contribuyentes con menores ingresos. Este crédito se excluye gradualmente si el contribuyente recibe prestaciones exentas de impuestos. Para niveles bajos de ingreso, puede reducir la carga fiscal hasta en un 50% del impuesto. Además del crédito por bajo ingreso, hay un crédito reembolsable que se calcula a NPs520.56 para salarios superiores cuatro veces el salario mínimo. Este crédito substituye el 10% del salario mínimo aplicable al 1 de octubre. Impuesto del Seguro SocialLas contribuciones al Instituto Mexicano del Seguro Social se descuentan a una tasa del 5.15% de los salarios cubiertos hasta un máximo de 25 veces el salario mínimo en el Distrito Federal (10 en caso de seguro por vejez, vida y discapacidad); como resultado la contribución máxima por empleado es de casi US$1,650 al año. Impuestos locales sobre ingresos Algunas leyes mexicanas gravan relativamente una tasa baja sobre los salarios (pero no sobre el ingreso en general), en la mayoría de los casos lo cubre el patrón; por ejemplo, el Distrito Federal impone un impuesto del 2% sobre nómina. Declaraciones Todas las personas físicas residentes que perciban ingresos durante el ejercicio fiscal deben presentar una declaración anual antes del 30 de abril del siguiente año en algunas instancias; así como personas que solamente perciban ingresos diariamente en forma de intereses de un banco mexicano, sin importar el monto de los mismos. En el caso de los salarios, el patrón debe encargarse de calcular el impuesto anual que le corresponde a cada empleado a menos que el empleado le notifique a su patrón que él llenara la declaración. Pago de Impuestos Los saldos negativos se convierten en pagaderos al presentar la declaración. El impuesto total sobre el ingreso y parte del impuesto sobre la renta los retiene directamente la compañía. Sin embargo, en el caso de los salarios recibidos por personas físicas residentes de patrones no residentes, la ley requiere que dichas personas físicas presenten una declaración mensual por adelantado para pagar la cantidad equivalente a las retenciones aplicables al salario. Las declaraciones mensuales se deben presentar como límite el día 17 del mes siguiente. Regresar al inicio |